Entradas

La Renta 2014 viene prematura y en avalancha #ViaDiario Cap003 @ViaAsesores

,

Ya llega la avalancha, la campaña de Renta este año llega prematura y nos coge en pleno trimestre, ya sabéis, impuestos y más impuestos, para el autónomo y la autónoma, para la sociedad limitada y la comunidad de bienes, no se escapan ni asociaciones, ni cooperativas, hasta las comunidades de propietarios pasan por el filtro.

Para esta campaña de Renta 2014 y como novedad, se puede efectuar la presentación de declaraciones desde el día 7 de Abril, también se pueden confirmar borradores, algún cliente de los adelantados ya ha pedido ayuda, no sabía cómo hacer la descarga de datos, nada más fácil, ir a la Renta 2013, buscar la casilla 415 e introducirla en la página de la AEAT junto a NIF, nombre y apellidos, nos enviarán un código al móvil que facilitemos y sólo con eso ya tendremos acceso a los datos desde RENO.

En la AEAT comenzarán a atender citas personales a partir del 11 de mayo, en Vía comenzaremos un poco antes, renta 2014tras finalizar los impuestos trimestrales, por supuesto para nuestros clientes de empresa y para quien quiera que le hagamos su renta, porque le damos más seguridad o simplemente porque en la AEAT no las hacen todas.

Si quieres hacer tu Renta 2014, llegas a tiempo, descuida, pero no te despistes, el plazo finaliza el 30 de Junio.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Renta_2014/_INFORMACION/Calendario_de_la_campana_Renta_2014/Calendario_de_la_campana_Renta_2014.shtml

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
Miembro REGRAF
Miembro AECE nº 5305
Master Asesoría Fiscal ENAE

es.linkedin.com/in/fernandozaplana

Comienza la presentación de impuestos, terminan las fiestas en #Murcia #ViaDiario cap002 @ViaAsesores

,

La vida del asesor fiscal es bastante complicada a veces, plazos y más plazos, además son fechas que no perdonan, si que te da algún margen con los fines de semana y  festivos, en caso de coincidir fecha final, se pasa al siguiente día válido, sea lunes, sea día posterior al festivo.

El problema con los días no está realmente en el día último de pago o presentación, sino en los días previos que nos quitan, de modo que muchas veces te obligas y renuncias a ese tiempo de ocio, venciendo tentaciones e incluso chantaje emocional y sentimientos encontrados por no estar con amigos o familia, porque de lo contrario no llegas a terminar el trabajo en plazo y en condiciones.

Y es que el asesor fiscal tiene una misión, la cual siempre cumplimos, llueve, truene o caigan festivos de punta, presentamos los impuesCalendario-de-la-declaracion-de-la-renta-irpftos en plazo, contando con que el cliente nos facilite la documentación a tiempo (que esa es otra y procuramos concienciar de la importancia de entregar todo pronto), aunque el Ministro del ramo nos meta plazos previos para domiciliar, quitando 5 días del plazo que antes se disponía (que bien viven los que tributa en diputación foral con 6 días más de plazo y domiciliación para pago posterior).

En Murcia lo tenemos aún peor, nuestros clientes de Madrid, Valladolid o Sevilla nunca notan que el primer trimestre de impuestos de cada años suele caer en fiestas de primavera o muy cerca de ellas, ya nos encargamos, pero cuesta y cuesta mucho, que en San Sebastián tendremos hasta el 26 para presentar todo, domiciliaciones incluidas, pero en nuestra ciudad comenzamos ya, este miércoles 15 presentamos domiciliaciones, contando con las que se pueden presentar telemáticamente, que no son todas, porque las CB están excluidas del acceso al asesor colaborador social y una vez pasado el fin de semana, que no cuenta (o si), el lunes 20 se presenta el resto, domiciliaciones en papel, aplazamientos, declaraciones negativas y pago de impuestos por ventanilla, con posterior presentación junto al código NRC si fuera obligatoria su presentación telemática.

En definitiva, el día 21 habremos pasado otro plazo trimestral, una vez más y el cliente podrá tener confianza en que Vía ha realizado su trabajo para su tranquilidad, con total seguridad.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_top_/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Folletos_informativos/Calendario_del_contribuyente/Calendario_del_contribuyente/_Calendario_/Hasta_el_20_de_marzo.shtml

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
Miembro REGRAF
Miembro AECE nº 5305
Master Asesoría Fiscal ENAE

es.linkedin.com/in/fernandozaplana

Eres ponente en conferencias? Son rendimiento de trabajo o actividad económica? #ViaDiario cap001 @ViaAsesores

, , , , ,

Cualquier día es bueno para inaugurar con un capítulo 1 nuestro diario de Vía Asesores, en una asesoría pasan cosas a diario, muchas y muy diversas, sobre todo cuando ofertas servicios 360º y como nosotros en Vía haces un tratamiento de asesoría consultoria muy personalizado en el que acompañamos al autónomo, negocio o entidad que nos contrata.

Se trata de ofrecer una reintegración de valor añadido, para que nuestros honorarios sean una inversión para el cliente y así nos lo tomamos, con un equipo de profesionales muy experimentados y con muy diverso expertise.

Una de nuestros puntos fuertes está en habernos especializado en algunas materias concretas, con necesidades concretas, como es el caso del mundo de la comunicación y el periodismo, estamos muy cercanos al profesional freelance y a las empresas del sector, para dar respuestas y generar soluciones satisfactorias adecuadas a su necesidad real.

Por ello es una satisfacción que te lleguen consultas de profesionales de primer nivel y de medios nacionales, como la que hemos resuelto hoy, la pregunta era sencilla, soy periodista, pero de vez en cuando me contratan para dar una conferencia, presentar algún evento especial o impartir una pequeña formación ¿me tengo que dar de alta en RETA como autónomo?

La respuesta no es única para todos los casos, pero las posibilidades si que son limitadas, hay que atenerse a la calificación de las rentas paraOprah Winfrey speaks after accepting the Minerva award at "The Women's Conference 2010" in Long Beach obtener una respuesta o bien se trata de un rendimiento de trabajo, tal y como establece la ley de IRPF en su artículo 17.2 c) y únicamente se debe emitir una nota con retención a quien nos contrata o bien hay una actividad económica que obliga a cotizar en RETA, sea porque actuamos por cuenta propia y somos quienes organizamos la actividad y participamos en el resultado positivo o negativo, sea porque ejercemos una actividad económica y estos cursos o conferencias son un servicio más de nuestro negocio.

Por tanto, para el periodista o profesional de la comunicación que trabajas por cuenta ajena y te salen oportunidades de hacer ‘bolos’, sólo tienes que emitir tu nota o factura con un 19% de retención, que el organizador ingresará convenientemente a la AEAT tras proceder a pagar tus honorarios, independientemente de que cobres más o menos por la actuación, que eso ya va en el caché de cada cual, otra cuestión aparte sería que esos ‘bolos’ se convirtieran en una actividad más e incluso se diera el caso de contratar representantes para la gestión de conferencias y similares.

https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0126508

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
Miembro REGRAF
Miembro AECE nº 5305
Master Asesoría Fiscal ENAE

es.linkedin.com/in/fernandozaplana

Los peligrosos amigos tributarios del autónomo #Expertis3 por @Zaplanaf @ViaAsesores

, , ,

Acabamos de terminar con la presentación de impuestos y declaraciones informativas de 2014 y encaramos la realidad de la reciente reforma fiscal que ha entrado en vigor en 2015. Poco a poco voy asumiendo diferentes puntos de la reforma que no alcanzo a entender muy bien, porque son claramente perjudiciales, fundamentalmente para autónomos y pequeños negocios y no puedo entender que los ajustes en la progresividad de la tributación de autónomos sean tan escasos.

El pasado 17 de febrero tuve la oportunidad de impartir un taller como experto en el VI Salón MiEmpresa #SME2015 en el Palacio de los Deportes de Madrid en el que hablaba de cotizaciones y retenciones de autónomos, el público eran potenciales autónomos, a los que traté de no desanimar, aunque la realidad se empeña en no ayudarme demasiado a veces.

El Ministerio de Hacienda se mantiene firme en sus posiciones y aprieta las tuercas en otras, aunque se supone que la reforma venía a ayudar, a bajar los impuestos, no puedo sino pensar lo que quizá pasó por la cabeza del Ministro Wert cuando Cristóbal Montoro le respondía con un tajante NO a la rebaja del IVA cultural ‘Con amigos como este, no necesito enemigos’.

Continua en… Los peligrosos amigos tributarios del autónomo #Expertis3 por @Zaplanaf @ViaAsesores | Expertise – Blogs laverdad.es.

B6-6saRCEAEd0gW

Volver a empezar: venta y reparación de móviles @RelanzaTe en @Radio_Emprende #RelanzaTe

, ,

A veces es necesario comenzar de nuevo, no funciona bien un negocio, nos han despedido y debemos buscar una salida, una buena opción puede serbuscar un nuevo nicho de mercado, uno de los negocios que cada vez vemos con más frecuencia son las tiendas de venta y reparación de móviles low cost.

Para montar este tipo de negocio debemos esar seguros de contar con la capacidad necesaria, para montar el negocio es necesario contar con liquidez para afrontar inversión y adquisición de terminales o bien tener perfectamente controlada la parte logística para atender pedidos de forma rápida si no se puede contar con un stock importante, lo cual es recomendable, especialmente respecto a la reparación, la cantidad de marcas y modelos en el mercado es muy considerable, por lo que, a salvo de contar con piezas para los terminales y averías más comunes, el resto debe ser evitable si pretendemos que el stock no se convierta en pérdida por no tener salida, ni posibilidad de retorno al proveedor.

En lo que respecta a la reparación, debemos contar con los conocimientos y habilidades necesarios, a ser posible, ya que este tipo de negocios es más propio de autoempleo, que de una empresa con una plantilla de trabajadores con diversas capacidades, al menos si pensamos en un negocio de ámbito local.

En el podcast adjunto podeis escuchar el resto del programa con más información al respecto.

reparación de moviles

Autoliquidación mensual del IVA: pros, contras y condiciones #Expertis3 por @Zaplanaf

,

Las grandes empresas se ven obligadas a realizar la autoliquidación del IVA de forma mensual. Aunque lo habitual para el resto es realizar este trámite de forma trimestral, la Agencia Tributaria ofrece la posibilidad de acogerse también a esta modalidad de autoliquidación. Descubre en este artículo el cómo y el por qué declarar el IVA mensualmente.

En España, las empresas que tienen un volumen de operaciones superior a los 6.010.121, 04 euros al año tienen la obligación de inscribirse en elREDEME (Régimen Especial de Devolución Mensual). Las empresas con un volumen de actividad inferior también tienen la opción de acogerse a este régimen de forma voluntaria, ya que en muchos casos les puede aportar beneficios considerables.

Al hacer la autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido cada mes, las sociedades no tienen que esperar a la última declaración del año, que se realiza durante el mes de enero, para solicitar la devolución de este tributo que les pertoque.

Así pues, puede representar una mejora sustancial de la fiscalidad y tesorería en el caso de los negocios en que el IVA soportado sea notablemente mayor que el repercutido.

Se encuentran en esta tesitura las sociedades que operan con frecuencia en el extranjero, ya sea con operaciones intracomunitarias como extracomunitarias. Como las exportaciones y entregas de bienes y servicios a empresas o profesionales de otros países están sujetas pero exentas de IVA, el resultado es que estas empresas soportan una cantidad mucho más grande de IVA del que repercuten.

Otro tipo de empresa que se puede ver beneficiado por la autoliquidación mensual son las querepercuten un tipo de IVA más bajo del que soportan. Existe también el caso de las empresas que realizan obras para otras empresas o profesionales (no para particulares), ya sea construcción o rehabilitación. En este tipo de operación se inversa el sujeto pasivo para el comprador.

Por contra, no hay que olvidarse de que acogerse al régimen de devolución mensual implica más trámites y burocracia que la autoliquidación trimestral. A parte de la declaración en sí, cada mes también se tiene que presentar una declaración informativa de los libros de registros del IVA. Por lo tanto, a la hora de valorar si vale la pena hacer la autoliquidación mensual, hay que tener en cuenta el esfuerzo administrativo que esto supondría para la compañía y por supuesto, contar con la posible demora en la devolución, lo que en caso de no contar con que nuestro IVA salga siempre a devolver, puede conllevar tener que pagar un IVA de periodo posterior, aunque en ese momento esperemos una devolución.

Finalmente y en cuanto a la recopilación de documentos para deducir el IVA soportado en los gastos generados por la empresa, cuando tienes personas en la calle, quizá un equipo de trabajo numeroso, se manejan muchos tickets y suele resultar complejo documentar todo ese IVA deducible, lo cual es imprescindible para deducir, por fortuna las nuevas tecnologías van avanzando cada vez más y ofreciendo soluciones, una de ellas es Captio, que permite capturar tickets, crear informes y sobre todo, generar los documentos necesarios para que la deducción de IVA se realice con seguridad.

Inscripción al REDEME

La inscripción voluntaria al Régimen Especial de Devolución Mensual se realiza presentando a Hacienda elmodelo censal 036. Solamente se puede llevar a cabo el registro durante el mes de noviembre, que entrará en vigor el siguiente mes de enero.

Por ejemplo, las personas que decidan darse de alta en noviembre 2015 empezarán la autoliquidación mensual en enero 2016. Hay que estar muy seguro antes de iniciar este trámite, ya que una vez inscrito, es obligatorio hacer la autoliquidación mensual durante un mínimo de 12 meses (de enero a enero). Las bajas, las igual que las altas, se tramitan en noviembre y entran en vigor el siguiente mes de enero.

Existen unos determinado requisitos para poder optar a la inscripción en el REDEME.

No pueden acogerse a él las empresas que no están al día de sus obligaciones tributarias, ni las que tributen en el régimen simplificado. Tampoco pueden las sociedades que estén incluidas en alguno de los supuestos que pueden dar lugar a una baja cautelar en el REDEME o a la revocación del NIF. Además, no es posible para las empresas excluidas de este registro en los 3 años anteriores, o las que se hayan dado de baja el mismo año natural en que presentan la solicitud.

Para saber más acerca de la autoliquidación del IVA de tu sociedad, puedes descargar gratuitamente esta Guía práctica para la deducción del IVA de los gastos de empresa.

Autoliquidación mensual del IVA: pros, contras y condiciones #Expertis3 por @Zaplanaf | Expertise – Blogs laverdad.es.

En colaboración con:
Myriam Zanatta
Departamento de Marketing

Calendario Renta 2012 y algunos consejillos, por @ViaAsesores

Aqui os dejo datos importantes sobre la campaña de Renta 2012 y algunos consejillos útiles que debes tener en cuenta, aunque lo mejor es siempre contratar a profesionales.


Los asesores fiscales titulados estamos para resolver este tipo de cuestiones de forma eficaz y evitar que te ocurra como al que hizo el dibujito de la goma de borrar, que cometió un error.


En Vía Asesores nos tienes a tu disposición, tfno 868 954 838 o email viaasesores@viaasesores.es.

 

 

PRESENTACION.: del 24 de Abril hasta el 1 de Julio

 

•Presentaciones de declaraciones domiciliadas: hasta el 26 de junio de 2013 (con cargo el 1 de Julio).

 

  • BORRADOR/DATOS FISCALES.: del 2 de abril hasta el 26 de junio
    • MODIFICACIONBORRADOR.: del 2 abril hasta el 1 julio 
    • CONFIRMACION BORRADOR.: del 2 abril hasta el 1 julio

Tienen que declarar: contribuyentes con más de 22.000 euros de rendimientos íntegros, más de 11.200 euros si tienen más de un pagador y lo percibido del segundo o restantes supera los 1.500 euros.

CONSEJOS.: 

CONVIENE NO PRECIPITARSE. HAY QUE REVISAR MUY BIEN EL BORRADOR Y LOS DATOS FISCALES

Es importante recopilar documentos e información fiscal del 2012(nóminas, certificados de rentas del trabajo, ingresos y gastos de alquileres, recibos del IBI, justificantes bancarios, escrituras públicas, pagos préstamo para adquisición vivienda, etc.), y también documentación ydeclaraciones de años anterioresque puedan tener trascendencia para la declaración del 2012.

Conviene revisar muy bien el borrador antes de confirmarlo, o los datos fiscales antes de preparar y presentar la declaración en base a los mismos, porque en muchos casos hay fallos u omisiones que deben corregirse, tanto si benefician como si perjudican. De hecho, Hacienda puede revisar la declaración para exigir más impuesto e incluso imponer sanciones a quienes hayan pagado menos aprovechándose de un fallo u omisión del borrador o de los datos fiscales.


Es importante comprobar las deducciones por vivienda, sobre todo cuando se han solicitado más dinero de hipoteca del que costaba la vivienda en escritura, se han firmado renovaciones de hipoteca, cambios de entidad bancaria o se ha ampliado la hipoteca original.


Y lo más aconsejable, ponte en manos de un asesor fiscal titulado para que revise tu renta, irás sobre seguro.