Ese Horizonte tan Lejano, la pensión de jubilación

Suelo leer habitualmente noticias económicas y de empresa y post en periódicos y blogs y el pasado sábado, echando un vistazo a la web de El Economista, me encontré un interesante artículo que nos afecta a todos, antes o después, las pensiones de jubilación son un tema importante y no está nada claro quién va a poder cobrarlas, pero sin duda los que estamos por debajo de los 40 años de edad, posiblemente lo tengamos un poco más crudo.
El artículo dice algo que no por más oído, es menos alarmante, “El actual sistema de pensiones es insostenible y  pese a que el 43 por ciento de los españoles espere recibir el cien por cien de su sueldo cuando se jubile, según un estudio de Aviva, lo cierto es que difícilmente lo conseguirá sólo con lo que reciba en concepto de prestación del Estado.”
Hablan de rentas altas, aunque lo cierto es que todo el sistema está en peligro, actualmente un 27 por ciento de los trabajadores se encuentra cobrando unas percepciones situadas por encima de la pensión máxima de 2.466 euros y un 4 por ciento percibirán menos de la mitad de su salario actual, según los datos de Banco Popular. Por tanto, no tendrá más remedio que ahorrar si quiere seguir manteniendo su nivel económico tras su jubilación, del Estado sólo recibirá como mucho el 90 por ciento del mismo.
Realmente es un asunto interesante, pero el artículo no da respuesta a una situación que muchos no tienen en cuenta, ¿Qué ocurre con los Autónomos?, sus ingresos pueden estar por encima de lo que se percibe con una pensión máxima, pero, ¿su cotización en cuanto está?
Hay que tener en cuenta que la remuneración en este caso no va en consonancia con lo que realmente se paga mensualmente por estar dado de alta en RETA, habitualmente el autónomo escoge la cotización mínima de 841,80 €/mes, por tanto, si llega a su edad de jubilación cotizando por el mínimo, esta será su frontera para el cálculo de su pensión máxima a percibir. Durante la vida profesional de un autónomo se puede modificar la base por la que se cotiza, el máximo es de 3.198,00 €/mes, si bien a partir de los 49 años de edad, para evitar incrementos artificiales en las pensiones, el límite se reduce hasta los 1.665,90 €/mes.
La pensión de un autónomo tiene casi las mismas normas que las de un trabajador por cuenta ajena, sin embargo, los periodos no cotizados no se rellenan con bases mínimas, aunque el porcentaje sobre la base reguladora es idéntico, con 35 años cotizados se percibe el 100% de la base obtenida a partir de dividir entre 210 las cotizaciones de los últimos 180 meses (15 años), por tanto, si la cotización es la mínima, la pensión será también mínima. En  consecuencia, si se quiere tener una pensión acorde a unos ingresos elevados, por encima de los 30.000 euros al año, después de la jubilación, deberá buscarlo en soluciones de ahorro privado.
Hay productos de ahorro tan conocidos como el Plan de Pensiones, si bien este no es el único producto de ahorro, ni es la panacea, se trata de un producto financiero y por tanto tiene riesgos y cuanto menos riesgos, menos rentabilidad, por lo que cabe una posibilidad, que después de rescatar el plan de pensiones y pagar impuestos, nos encontremos con tener disponible menos de lo que se ingresó. Otra solución son los Planes de Previsión Asegurados (PPA), son los que permiten rebajar la factura fiscal año tras año. Las aportaciones de hasta 10.000 euros en cualquiera de estos dos vehículos cuentan con deducciones fiscales, sin embargo, son difíciles de rescatar antes de la jubilación, salvo por causas muy graves, además de tener una fiscalidad desfavorable en el cobro, puesto que tributan como rendimientos de trabajo por la cantidad íntegra percibida, tanto capital, como intereses generado, por tanto, hay que pensar bien si son convenientes.
En contraposición podemos hablar de los PIAS (Planes Individuales de Ahorro Sistemático), los cuales no nos permiten efectuar desgravación fiscal alguna, pero en contraposición, se pueden rescatar cuando sea necesario y en el momento de la jubilación sólo tributarán por la ganancia obtenida. Finalmente sólo quedaría decir que sea cual sea el producto escogido, no hay que dejarse tentar por cantos de sirena, los regalos y promociones muchas veces esconden condiciones poco beneficiosas o riesgos innecesarios, ya que nunca hay que olvidar que son inversiones financieras sujetas a fluctuaciones y si no llevamos cuidado se puede incluso perder parte del capital aportado.
http://www.eleconomista.es/mercados-cotizaciones/noticias/2564624/10/10/Jubilese-con-todo-su-salario.html

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