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El Autónomo y los Gastos deducibles

 

En este artículo comentaré acerca de los Gastos deducibles en IRPF (Renta) del autónomo, para otra ocasión queda el explicar cuando el IVA soportado es deducible o no, que quizá conlleva una complejidad mayor

¿Qué son los gastos deducibles? Son la suma de aquella parte de los gastos contables, de explotación y financieros, del obligado tributario, más determinados gastos fiscales no contables, que la regulación normativa de cada tributo permite, cumpliendo determinados requisitos, para obtener el resultado del ejercicio se restan a los ingresos fiscalmente computables y a partir de ahí se podrá determinar la base imponible

En el IRPF, la deducibilidad de los gastos satisfechos por el obligado tributario va a depender del tipo de fuente de renta de la que provienen los ingresos para cuya obtención se ha incurrido en ellos

Por otra parte, es imprescindible que los gastos sean necesarios para la actividad económica que realizamos y por tanto deben producirse en la misma, la Agencia Tributaria exige de forma estricta tres condiciones para que un gasto pueda ser deducible fiscalmente:

  1. Que esté relacionado con la actividad económica
  2. Que esté documentado o justificado a través de la factura de compra
  3. Que esté registrado contablemente en el respectivo libro de gasto

Es el autónomo quien ha de demostrar que el gasto que quiere deducirse está ligado con su actividad, lo que en algunos casos puede ser problemático, especialmente cuando el autónomo desarrolla su actividad en su propia vivienda, siendo además imprescindible la condición de tener documentado el gasto, el autónomo siempre debe siempre pedir factura completa para poder deducir el gasto, en especial en IVA explícitamente no se aceptan facturas simplificadas, los antes llamados tickets

En general hay gastos que habitualmente son deducibles en cualquier actividad, otros sin embargo son específicos y sólo podrán ser deducidos en la actividad en la que sea necesario su uso, un arquitecto no podrá deducir los gastos del alquiler de un estudio de grabación, que si podrá deducir un músico, el cual no puede incluir en sus gastos el visado de una vivienda, por poner dos ejemplos muy claros.

En cuanto a los gastos más comunes, detallaré algunos de ellos a modo de guía:

1 Material de oficina

Esto incluye todo el material que necesites para desarrollar tu negocio, ya sean libretas, bolígrafos, carpetas, clips… y por supuesto los gastos de imprenta de cartelería, unas tarjetas de visita o material similar

2 Combustible, vehículos y transporte

Por regla general y de acuerdo con la normativa de IRPF, queda específicamente excluido como gasto del autónomo el derivado de cualquier vehículo turismo, sea la adquisición del vehículo, su mantenimiento y por supuesto el combustible, sin embargo, este es un gasto que depende de la actividad y hay excepciones en las que podrás desgravarte la gasolina y cualquier otro gasto del vehículo, como ocurre por ejemplo cuando adquieres el vehículo para usarlo en tu actividad como taxista.

Por otra parte, es deducible el gasto en caso de que el vehículo sea de carácter mixto, industrial o bien se trata de un vehículo matriculado de forma específica para uso comercial, por ejemplo, una furgoneta tipo Berlingo usada por un fontanero, por regla general los vehículos todocamino o monovolumen se consideran turismo y tampoco su gasto se puede deducir.

El gasto en transporte público o alquiler de vehículos normalmente serán deducibles, siempre y cuando se cumplan las normas habituales, tener factura y que el gasto esté conectado necesariamente con la actividad económica

3 Dietas

¿Son deducibles los gastos de una reunión con un cliente? En principio si, una factura a la hora de comer y en día laborable entra dentro de los gastos deducibles, ahora bien, tiene que estar pagada la factura con tarjeta o transferencia

4 Equipo informático y software

Este es un gasto habitual, un portátil, un equipo de sobremesa, una tablet, impresora, etc., así como los programas que se adquieran o las licencias contratadas y el acceso a bases de datos o similares a las que nos suscribamos, si bien se consideran bienes de inversión y el procedimiento para incluirlo como gasto deducible es el de amortización, por lo que puede ser que esta inversión se traslade como gasto a la cuenta de resultados en varios ejercicios distintos, aplicando un porcentaje en cada uno de ellos según las tablas oficiales y la normativa al respecto

5 Gastos de telefonía e internet

Cualquier gasto en este apartado, relacionado con la actividad, será deducible, se trate de los equipos o bien de los consumos, dado que es necesario poder comunicarse con los clientes o proveedores y poder llamar o que te llamen cuando lo necesites y por lo que se refiere a internet, otro tanto de lo mismo.

En este caso sólo hay que tener en cuenta algo importante, si la oficina la tenemos en casa la AEAT puede poner problemas, de hecho, lo hace, tratando de diferenciar el gasto privado, del gasto profesional y en muchos casos marcando de forma estricta como no deducible este gasto, sin duda una situación polémica.

En otro orden de cosas, la inversión en crear una página web, su diseño, gastos en publicidad online, una app, la adquisición o mantenimiento del dominio, hosting, licencia de software, son gastos deducibles

6 Servicios externos

Puedes deducirte como gasto las facturas de servicios externos realizados por terceros y necesarios para la actividad o las de colaboradores en la misma

7 Libros y revistas profesionales

Cualquier publicación a la que estés suscrito o compres para informarte acerca de la situación de tu sector

8 Viaje de negocio

Cualquier viaje que tengas que hacer para conseguir clientes, citarte con inversores, acudir a congresos…pueden desgravarse y justificarse como gastos. Como en el resto de los conceptos se incluyen única y exclusivamente lo que es 100% profesional.

9 Cuota de autónomo, sueldos y seguros sociales

Son deducibles los gastos de la cuota de autónomo, así como los sueldos y seguros sociales derivados de la contratación de empleados

10 Vivienda y gastos del hogar en el negocio

Si desarrollas toda o parte de tu actividad en tu vivienda de alquiler o compra, es posible deducir la parte proporcional del espacio que utilizas para ella como parcialmente afecta a la actividad económica. Esto incluye la parte proporcional del pago del alquiler o hipoteca y los gastos de la comunidad, así como los gastos del hogar por suministros y demás.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que se tiene que aplicar sólo un porcentaje de gasto sobre un porcentaje de la vivienda y ser precavidos, porque nos podría salir más costoso el incluir los gastos en el negocio, que dejarlos en el ámbito privado, esto es, los autónomos que comparten oficina y domicilio podrán deducirse los gastos de agua, luz, gas, telefonía e Internet en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción que haya entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a la superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Por tanto, si uso un 30% de la vivienda como oficina, podré deducir como gasto un 30% del 30% de los gastos de suministros como electricidad o internet y en caso de alquiler hay que tener en cuenta que podrían exigirnos que se pague IVA por el % de vivienda dedicado a local de negocio, ni que decir tiene que, si la vivienda es de nuestra propiedad y nos deducimos los pagos de hipoteca, podría entrar en conflicto esta deducción con el gasto

11 Seguros de oficina, RC o de protección por enfermedad

Los seguros relacionados con la actividad son deducibles, asimismo, si contratas un seguro de protección por enfermedad que te de cobertura sanitaria privada, además de la seguridad social, es otro gasto que se relaciona con tu actividad, porque si dejas de trabajar, pierdes dinero. Por eso, es otro gasto que se puede deducir.

12 Formación

Si te estás formando para ser más competente en tu trabajo, también cuenta como una actividad relacionada con tu negocio.

13 Vestuario profesional.

Los autónomos que necesiten algún tipo de vestuario específico para su trabajo como monos de protección, cascos, chalecos, etcétera, también podrán desgravar esta compra de los gastos.

14 Servicios bancarios e intereses de préstamos

Si has solicitado un préstamo, un crédito o una subvención o bien te cobran una comisión por mantenimiento u operaciones bancarias, todos los intereses y gastos que te cobren son deducibles como gastos extra relacionado con tu trabajo. Necesitarás los justificantes de todos.

15 Donativos

Los donativos se consideran siempre una liberalidad, por tanto, son gastos no deducibles, que, si constan en contabilidad y por tanto para tener en cuenta para descontarlos a la hora de liquidar impuestos, sin embargo, si esos donativos van destinados a entidades incluidas en la ley de mecenazgo podrían conllevar unas deducciones fiscales en Renta, pero que se aplican aparte del resultado empresarial

16 Otros impuestos

Ni el IVA, ni el propio IRPF se tienen en cuenta para el cálculo del beneficio, sin embargo, otro tipo de impuestos si hay que computarlos como un gasto más, por ejemplo, el impuesto sobre bienes inmuebles si somos propietarios de nuestro local y cualquier otro tipo de tasa o impuesto vinculado al negocio y para tener en cuenta en la obtención del resultado del ejercicio

Fernando J. Zaplana

Decyde.es

 

 

 

 

Y ya van 23 años de ejercicio profesional…

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Ayer fue 20 de Abril, cierre de trimestre con los impuestos de los clientes y aniversario, porque, casualidades de la vida, fue el 20 de Abril de 1994 cuando firmé un Convenio de Prácticas, a través del COIE de la Universidad de Murcia, que me cambiaría la vida, en lo personal y en lo profesional.

Hace 23 años que comencé y 23 es un número especial.

Será porque justo en esos años 90 era el 23 de los Bulls el que me maravillaba y a mi eso de unir deporte y empresa siempre me ha gustado.

23 años de la firma del convenio de prácticas con José Antonio Buendía, antes abogado, ahora magistrado, mi mentor, mi hermano mayor.

23 años como profesional jurídico y tributario, que ya son años.

Y como este 2017 debe ser mi año Michael Jordan, en breve cumpliré 45 años, el número que Jordan utilizó en su regreso a las canchas y este número no es casual, las matemáticas son caprichosas, sacando cuentas, serán más años de profesión, que años en cualquier ocupación previa y esto quiere decir que vamos adelante, cumpliendo, en la profesión y en el transcurso de la vida y que sean muchos más.

Termina el primer trimestre, comienza la liquidación de impuestos.  Conoce las novedades de la Renta 2016

La campaña de la renta 2016 ya está en marcha, pese a ser un procedimiento rutinario, siempre hay diversos matices por conocer que nos pueden ayudar a que su desarrollo sea el mejor posible. En primer lugar, esta campaña estará caracterizada por la desaparición del programa Padre y la consiguiente aparición del sistema Renta Web. El sistema de identificación, en cualquier caso, es similar. Por ello, recomendamos disponer de todos los datos fiscales necesarios a mano al inicio del proceso, así como los necesarios para el acceso como el certificado digital o el número pin.

 La ley 26/2014 de modificación del IRPF ya incorporó cantidad de novedades normativas, pero dejó una serie de medidas para el 2016. Destacamos aquí algunas novedades basándonos en las explicaciones de Luis Jos, inspector jefe de la AEAT.

-En cuanto a las sociedades civiles con objeto mercantil, desde el día 1 de enero de 2017, si no han sido disueltas o liquidadas se constituyen de facto como sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades. Para 2016 tendrán que presentar declaración de sociedades y no tributar como hasta ahora en cabeza de los socios en su IRPF en el regimen de atribución de renta. Están excluidas las de tipo agrícola, ganadero, pesquero, forestal o profesional.

 –A partir del 1 enero de 2016, bastantes actividades, concretamente las de la tarifa primera, divisiones 3, 4 y 5 (es decir, las vinculadas con la construcción), dejan de estar incluidas en módulos. De tal manera pasan a tributar por estimación directa simplificada.

-En cuanto a los donativos para entidades del mecenazgo, su deducción sube en general una media del 5%. Desglosando, los 150 primeros euros pasan de deducir un 50% en 2015 a un 75% en 2016. Las  cantidades superiores a la mencionada se benefician de un incremento que va desde el 27’5 al 30%, subiendo al 35% si hablamos de cantidades reiteradas de donativos a la misma entidad durante tres años consecutivos.

-En la ley de presupuestos del 2016, ha quedado establecida como renta exenta la contratación de un seguro de enfermedad para una persona discapacitada, siempre y cuando se considerara renta en especie para el trabajador, cónyuge o cualquiera de sus descendientes. Y también para el caso en que fuera deducible de los rendimientos de actividad económicas.

-Criterios jurisprudenciales han dado lugar a novedades en forma de notas de la Agencia Tributaria. Con las reclamaciones multitudinarias respecto a Bankia, preferentes o claúsulas suelo.  La consulta 675/2016 establece la forma de tributación de intereses indemnizatorios o costas procesales. Se consideran rentas y deben ser declaradas como ganancia patrimonial.

Sentido común y dibujos animados en diez pasos básicos sobre fiscalidad del autónomo @Zaplanaf @ViaAsesores #SME2017

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El murciano Fernando José Zaplana se consolida como uno de los ponentes de referencia en el salón MiEmpresa que se desarrolla entre hoy y mañana el Madrid
«Autónomo precavido vale por dos» así comienza Fernando José Zaplana la ponencia sobre los diez pasos básicos para optimizar la fiscalidad del autónomo que le ha llevado a Madrid, por tercer año consecutivo, dentro del salón MiEmpresa que acoge el BarclayCard Center entre hoy y mañana.
Durante treinta minutos el CEO de Vía Asesores expone ante los asistentes, parte de los 15.000 visitantes que recibe esta feria anualmente, diez consejos plagados de sentido común que debe tener en cuenta el emprendedor antes de lanzarse.
«Con esta conferencia pretendo ofrecer en tan sólo 30 minutos una visión global de lo que debe tener en cuenta y donde debe prestar especial atención un autónomo para no tener problemas, desde el momento cero, hasta el cierre del primer año con la presentación del impuesto sobre la renta, lo que supone un ciclo completo» señala Zaplana.
Una completa y amena presentación, junto al lenguaje más accesible para quien aún no entiende de fiscalidad han favorecido que este asesor murciano sea uno de los más exitosos del salón MiEmpresa. Su ponencia tendrá lugar mañana miércoles, a las 17,40 horas.
«La precisión es fundamental para evitar problemas,  por ejemplo el 347 de operaciones con terceros es el modelo que más utiliza la AEAT para cruzar datos y encontrar discrepancias que le lleven a regularizar impuestos, igualmente son importantes el resto de declaraciones informativas y resúmenes anuales, tenerlas bien cumplimentadas y con datos correctos, nos evitará muchos problemas» y esos problemas a evitar son los que permiten que Zaplana crezca a nivel nacional como profesional cada año, a través de sus ponencias.

Suministro Inmediato de Informacion (SII) #DecydeViaAsesores #asesorestv

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El Gobierno ha reactivado el Suministro Inmediato de Información (SII), un nuevo sistema de gestión del IVA publicado en el BOE del pasado 6 de diciembre de 2016 que obligará a determinados contribuyentes a enviar a la Agencia Tributaria (AEAT) por vía electrónica los datos de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de cuatro días hábiles (ampliado a ocho durante los seis primeros meses). Èlia Urgell, Tax Product Manager de Wolters Kluwer, explica en qué consiste este nuevo sistema, los cambios que introduce, sus objetivos y a quiénes afecta.

10 pasos básicos para optimizar la fiscalidad del autónomo #SME2017

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El pasado 16 de febrero de 2016 tuve la oportunidad de participar por segunda vez como ponente en Salón MiEmpresa para hablar de autónomos, fiscalidad y alguna cuestión más. El 22 de febrero de 2017 volveré a participar en Salón MiEmpresa, en la Sala Aprende, a las 17.40h, tercera ocasión consecutiva en la que tengo el honor y el placer de exponer nociones de fiscalidad para asistentes que piensan en el autoempleo como salida profesional.

http://www.salonmiempresa.com/conferencias/charlas-y-talleres/aprende/

Recordando la edición 2016, en esta ocasión el escenario variaba y pasaba a situarse en Sala ‘grande’, directamente en las gradas del Barclaycard center, el más conocido como Palacio de los Deportes de Madrid, escenario de primera, evento de primera, referente para empresarios, autónomos y emprendedores en general.

La sala donde me ubicó la organización tenía una temática muy concreta y la denominación es toda una declaración de intenciones, en ‘El Decálogo del Éxito’ a lo largo de los dos días del evento se fueron desgranando todo tipo de materias de interés para los asistentes, en formato breve, tan sólo 30 minutos para exponer y en 10 diapositivas.

La ponencia escogida para mi se denomina ‘Optimiza tu fiscalidad como autónomo en 10 pasos’ y en con ella se pretende ofrecer en tan sólo 30 minutos una visión global de lo que debe tener en cuenta y donde debe prestar especial atención un autónomo para no tener problemas, desde el momento cero, hasta el cierre del primer año con la presentación del impuesto sobre la renta, un ciclo completo.

Si quieres que te contemos como tienes que aplicar esos 10 pasos, ponte en contacto con nosotros, seremos tu mejor compañía como asesoría personalizada, estás a un CLICK de nosotros ¿hablamos?

Estos 10 pasos o 10 consejos comienzan con la recomendación clave, paciencia, antes de hacer nada hay que armarse de paciencia o se irá de conejillo de indias ante la administración, como se dice, la paciencia es la madre de la ciencia y lo primero es recopilar información de todo lo que hay que hacer.

Una vez convenientemente informados, debemos tomar decisiones, debemos tener claros los tipos de autónomos que hay, pros y contras, que conlleva ser autónomo individual o societario, en cuanto a costes, responsabilidad, gestión y sólo entonces comenzar a andar, tramitar correctamente las altas en actividad, IAE, Seguridad Social, apertura de número patronal y mucho ojo con las licencias de actividad o industriales, que deben estar tramitadas y no en trámite.

Autónomo precavido, vale por dos, debemos conocer muy bien el calendario fiscal, cuando debemos presentar impuestos, declaraciones informativas y resúmenes anuales, cuando hay que dar información y documentos al asesor y también hacer un presupuesto que nos diga cuanto vamos a ir cobrando y pagando mes a mes, para controlar la tesorería y saber como vamos a ir de liquidez.

Un autónomo tiene que saber como debe facturar y que datos deben contener esas facturas, como debe rectificar facturas y cuando, sobre todo si se trata de una rectificación por impagos y queremos recuperar IVA, debemos conocer este impuesto, los distintos regímenes que operan, las exenciones, si tengo que hacer prorrata o no, como opera el IVA intracomunitario o el IVA simplificado de estimación objetiva o módulos.

Igualmente hay que saber como funcionan estimación directa y estimación objetiva en cuanto a los pagos a cuenta de IRPF, que gastos son deducibles y cuales no, que incentivos fiscales estan a mi disposición y si tengo que hacer retenciones al facturar o me las hacen a mi.

La precisión es fundamental para evitar problemas, el 347 de operaciones con terceros es el modelo que más utiliza la AEAT para cruzar datos y encontrar discrepancias que le lleven a regularizar impuestos, igualmente son importantes el resto de declaraciones informativas y resúmenes anuales, tenerlas bien cumplimentadas y con datos correctos, nos evitará muchos problemas.

Todo se resume en la declaración de la Renta, es el momento de la verdad frente a la AEAT y hay que saber los datos que tienen nuestros, el documento de los datos fiscales es fundamental, para contrastar y conocer, a la hora de cumplimentar la declaración veremos las distintas rentas que tenemos y podremos aplicar deducciones que nos correspondan, para ajustar cuentas y pagar o que nos devuelvan.

En definitiva, se trata de controlar la situación, si tenemos todo bajo control, con seguridad que nos irá mucho mejor en nuestra andadura como empresarios.

Las llaves de los Paraísos Fiscales estaban en Panamá, por @Zaplanaf #ViaDiario Cap105

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Este artículo ‘Donde están las llaves de los Paraísos Fiscales?’ originalmente fue redactado en 2010-2011 y publicado en revista Negocios de ENAE en 2013, por este motivo hay datos desfasados, pero dado que el tema vuelve a ser de actualidad, puesto que se han encontrado las llaves en el despacho de un tal Mossack Fonseca, en el estado de Panamá, volvemos a publicarlo.

¿Quién no ha escuchado alguna vez el término “paraíso Fiscal“?, en innumerables ocasiones, con o sin conocimientos fiscales y/o financieros.  Actualmente, debido a la crisis financiera mundial, se ha puesto “de moda”, todos los medios de comunicación se hacen eco del discurso de los principales líderes mundiales (Obama, Merkel,…) relativo al efecto pernicioso en la economía de los entramados financieros relacionados con estos países, de modo que, a ojos de todo el mundo, estos países con una fiscalidad “especial” se han convertido en el “Infierno” de los sistemas financieros mundiales.

En este artículo en modo alguno quiero hacer una exposición sobre el funcionamiento de estos paraísos fiscales o de las estructuras financieras y/o societarias,  tampoco pretendo explicar cual es la repercusión en la economía mundial de la existencia de estos países con presión fiscal prácticamente inexistente, ni tan siquiera dar una opinión al respecto.

Mi  objetivo es algo más modesto, trataré de exponer de forma sencilla alguna información sobre paraísos fiscales, intentando hacer distinciones, ya que no es oro todo lo que reluce, hay países que podríamos pensar que tendrían que ser considerados como paraíso fiscal, aunque en modo alguno lo son, sin embargo es sorprendente que ciertos países de nuestro entorno, incluso de la Unión Europea, se encuentren en todas las listas “peligrosas”.

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Podríamos definir Paraíso Fiscal como “Territorio o Estado que se caracteriza por la escasa o nula tributación a que somete a determinadas personas o entidades que, en dichas jurisdicciones, encuentran su cobertura o amparo”, otros términos análogos serían  Países de Baja Tributación o Países de Tributación Privilegiada. También haremos mención a los llamados Países de Tránsito Monetario, los cuales favorecen, con sus tratados de doble imposición y leyes, el uso de los paraísos fiscales o territorios offshore.

Para comprender la magnitud económica de estos Territorios Offshore nos podemos referir a fuentes del Fondo Monetario Internacional, que valoró en 2009 los fondos existentes en ellos en un 25% de la riqueza privada mundial.

El listado de paraísos fiscales difiere entre diferentes países, España elaboró su particular lista negra en el RD 1080/91 de 5 de Julio, incluyendo en la misma 48 territorios, actualmente quedan 36 y hay otros 6 interesados en firmar un convenio bilateral para ser excluidos. En el listado hay casos curiosos y/o llamativos, por ejemplo, en Oceanía: Islas Fidji y Cook, en Asia: Líbano, Jordania, Bahrein o Hong Kong, en África: Liberia e Islas Seychelles, en América: Bahamas, Jamaica, Islas Malvinas (Reino Unido) o Panamá (vinculado EEUU) y en Europa: Gibraltar (Reino Unido), Luxemburgo, Malta o Chipre (miembros UE).

A nivel mundial, la OCDE elaboró una lista negra de centros financieros no cooperativos, a instancias del G20 celebrado en Abril de 2009 en Londres, incluyendo a Costa Rica, Malasia y Filipinas por no haberse comprometido en absoluto a respetar los estándares internacionales de intercambio de información financiera con objetivos fiscales, Uruguay se libró de esta calificación “in extremis“, curiosamente ninguna es paraíso fiscal para nuestro país.

En una lista gris oscuro estaban incluidos 30 paraísos fiscales, que se habían comprometido, pero no materializado sus promesas y en gris claro los llamados Otros Centros Financieros, que no habían implementado sustancialmente sus compromisos: Austria, Bélgica, Luxemburgo y Suiza, curioso, miembros de OCDE.

Haciendo mención a algunos de los países de los listados: Suiza no se considera paraíso fiscal y considera deplorable aparecer en el listado gris claro, no aparece en el listado español, aunque varios países han presionado incluso para que apareciera en la lista negra, cabe hacer mención a la polémica con el banco UBS con EEUU y al particular sistema fiscal suizo, las “Rolling Taxes“, acuerdos fiscales individuales para residentes ricos sin ingresos en Suiza.

Gibraltar pertenece a Reino Unido y en 2011 comenzó a aplicar un 10% de Impuesto de Sociedades, lo cual podría ser considerado un Dumping fiscal, a pesar de ello queda como único territorio “paraíso fiscal” fronterizo con nuestro país, ya que Andorra firmó convenio bilateral con España, Francia y Portugal. Por otra parte, Uruguay tenía un sistema tributario en el que los no residentes no pagaban impuestos, aspecto eliminado en su nuevo sistema tributario.

Hay voces que reclaman la inclusión de algunos estados de los EEUU, como Delaware, por su especial fiscalidad, aunque si tiene esta calificación Panamá, país íntimamente ligado a EEUU, el cual no obliga a declarar por las rentas no generadas en su territorio, aunque a su vez no defiende el secreto bancario, sino la “reserva de información”, Importante hacer mención a su Ley de Retorsión, que contempla la prohibición de participar en concursos de obra pública a empresas de países que censuren la política fiscal panameña, recordemos la adjudicación de la millonaria ampliación del canal de Panamá a la española Sacyr.

Otros países tienen también sistemas fiscales singulares y no aparecen en ningún listado, como Holanda, que ofrece ventajas impositivas a las sociedades “holding” e Irlanda que ofrece exenciones a sociedades de exportación y a determinados profesionales y artistas o incluso España, con la fiscalidad especial para impatriados, de la que aún se benefician muchos deportistas profesionales como el mismo Cristiano Ronaldo, tributando un 24% donde cualquier nacional con ingresos tan elevados tributaría incluso por encima del 50% dependiendo del lugar de residencia.

Tras todo el ruido de sables generado en el G20 de Londres en contra de los paraísos fiscales, en el G8 de Berlusconi se pasó de puntillas por el asunto y sólo mencionando de pasada en la declaración final, siendo muchas las opiniones que afirman que se debería seguir el ejemplo de Noruega, que publicó el 18 de Junio de 2009 un informe que demuestra que la Ayuda al Desarrollo es 10 veces inferior al volumen de dinero que se fuga de los países en desarrollo, hacia territorios offshore, o bien de Francia, que preparaba “castigar” a quien operase con paraísos fiscales con incrementos hasta el 50% de la tasación sobre ingresos pasivos pagados por domiciliados en estos territorios, entre otras medidas. drake

Los territorios Offshore ya no son refugio del oro de piratas como el inglés Francis Drake, ahora es destino de dinero procedente del narcotráfico, dinero negro de comisiones dudosas, de financiación de grupos terroristas, etc., aunque no todo es ilegal, operar o depositar ahorros en estos países es perfectamente legal, la elusión fiscal es pieza clave de la planificación fiscal, consiste en el aprovechamiento de los recursos legales disponibles para conseguir la mínima carga fiscal, la evasión fiscal, sin embargo, es delito, al tratar simplemente de sustraer la actividad al control fiscal y no pagar los impuestos.

Para finalizar, debo hacer mención a la petición efectuada por representantes del Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa, solicitando una regulación de las actividades en paraísos fiscales “si las entidades no justifican por que participan en sociedades ubicadas en paraísos fiscales, esto lleva a sacar conclusiones sobre el uso que de ellas se hace” y es que hay que reconocer un cierto nivel de hipocresía de los estados y de sus entidades financieras respecto a los paraísos fiscales, baste saber que, según datos obtenidos en el cierre de 2007, Banco Santander tenía 19 filiales y su filial Abbey otras tantas a su vez, domiciliadas en países como Bahamas, Hong Kong o Panamá. BBVA tenía 3 sucursales en Islas Caimán y una filial en Panamá. Banco Popular, Sabadell y Banesto tenían participaciones en paraísos fiscales y hasta el 69% de empresas del IBEX 35 están presentes en centros offshore, de ahí que yo me pregunte: ¿Dónde están las llaves de los Paraísos Fiscales?

Ahorro, #BlackFriday e impuestos #RelanzaTE con @ViaAsesores en @Radio_Emprende #ViaDiario Cap071

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Relanza tu negocio‘ con Vía Asesores en Radio Emprende

Se acaba el año y hay que echar cuentas, para que estas no fallen. En ‘Relanza tu negocio‘, Fernando Zaplana da algunos trucos para conseguirlo.

La primera medida es comprar en el ‘Black Friday’, el consumidor cuidadoso puede hacer sus compras de Navidad en muy buenas condiciones, el incauto puede realizar gastos innesarios, sobre todo si tenemos en cuenta que tras Navidad llegan las rebajas.

Y antes de las rebajas, hay que tomar otras medidas, necesarias e importantes para pagar menos impuestos, con seguridad el ahorro será mayor.

Escucha el podcast y si te interesa, #RelanzaTe, contacta con nosotros y nos ponemos en marcha estas a un CLICK de volver al buen camino

‘Y al principio de todo fue la forma jurídica’ de @Zaplanaf en revista Negocios @ENAEbusiness

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Texto íntegro del artículo publicado en la revista Negocios 19 de ENAE business school

‘Estimados lectores, es un placer para mi poder participar en esta revista Negocios y tratar de ofreceros alguna información que os pueda resultar de utilidad para vuestro presente o vuestro futuro profesional y disculpadme el tuteo, pero cuando me ofrecieron la posibilidad de hacer este artículo me indicaron que iba dirigido a un publico joven y emprendedor, así que eliminemos barreras formales, ofreciendo un texto asequible, basado en mi experiencia y en los conocimientos que en gran medida fueron adquiridos en el Máster en Asesoría Fiscal cursado en ENAE hace unos años.

Trataré de hablaros en confianza, con un lenguaje lo más cercano posible, sin que sea incorrecto por no ser muy académico, pero limitando los tecnicismos a lo imprescindible, bastante escrupulosos con la terminología debemos ser cuando nos dirigimos a la Agencia Tributaria, aquí buscaré que tengais información accesible y en la medida de lo posible de fácil comprensión.

En mi despacho profesional tengo que resolver dudas relativas a la forma jurídica más interesante para quien decide iniciar una actividad empresarial, hay clientes que vienen relativamente bien informados, otros carecen de unas mínimas nociones, algunos llegan con ideas equivocadas que es necesario reorientar por el bien de sus bolsillos, principalmente, a cada uno de ellos se le ofrece un trato personalizado, soluciones a medida.

La elección de la forma jurídica es el principio de todo lo que podemos llamar empresa, lo que hasta ese momento eran ideas y proyectos se convierte en realidad y por ello es de importancia capital, comienza el juego y va en serio, de ahí que debamos dedicar el tiempo suficiente a valorar implicaciones tributarias, de seguridad social, patrimoniales o incluso de nuestra imagen de marca, nos ayudaran a decidir de forma óptima. Sin embargo, tenemos que ser conscientes de que esa decisión no tiene porque ser para siempre, el devenir del propio negocio nos puede llevar a la tesitura de inactivar o disolver nuestra Sociedad Limitada para reducir costes y/o mejorar fiscalidad o bien al contrario, constituir una sociedad porque nuestra actividad lo requiera, nuevamente por fiscalidad o incluso por la necesidad de incorporar socios.

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Cada formato tiene sus características diferenciadas y ello puede constituir ventaja o inconveniente una vez aplicado a nuestro caso, trataré de dar luz al asunto con ejemplos:

Sin duda ser autónomo es lo más sencillo y económico para darnos de alta como empresarios, escoger epígrafe de IAE, tramitar alta gratuita sabiendo que el autónomo o empresario individual nunca paga Impuesto de Actividades Económicas y proceder al alta en RETA, escogiendo base de cotización, para la base mínima en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos partimos de una cotización con una cuota a partir de unos 270€, si bien puede incrementarse si escogemos cotizar para tener cobertura en caso de accidente de trabajo o en caso de vernos obligados al cese de actividad.

Si cumplimos las condiciones para aplicar la tarifa reducida creada con la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores, ahorraremos bastante, es una ventaja indiscutible, pagar 50€ durante 6 meses, unos 130€ otros 6 y aproximadamente 180€ al mes durante 6 más, con 12 meses adicionales para menores de 30 años, por tanto, unos 2.100€ a pagar en cuotas en 18 meses, frente a unos 4.800€ para quien paga tarifa completa. Y si comparamos con los autónomos societarios, aún hay mayor diferencia, la base mínima del administrador de una sociedad es mayor y su cuota mensual se eleva en torno a los 315€ mensuales, casi 5.700€ en los primeros 18 meses. Y la ventajas no acaban aquí, no es necesario invertir, salvo que vayamos a solicitar pago único o subvención, opciones no disponibles del mismo modo para una SL, como no están disponibles las ventajas recientemente aprobadas en Ley 31/2015 de fomento del trabajo autónomo, para que se pueda capitalizar el desempleo al 100% independientemente de la edad o para poder simultanear percepción de prestación por desempleo durante 9 meses con el alta como autónomo.

La sociedad requiere capital mínimo, aunque puede sustituirse por bienes, en cierto modo un obstáculo, como tener que constituir ante notario, pasar por tributos de la Comunidad Autónoma, Registro Mercantil y AEAT para que nos faciliten CIF, todos estos trámites se han simplificado con la tramitación telemática y el DUE (Documento Único Electrónico) que tramitamos en los PAE (Punto de Atención al Emprendedor) por delegación del Ministerio de Industria, pero aún así, tienen coste y consecuencias posteriores.

Si nos atenemos a la fiscalidad, el autónomo tributa en IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para algunas actividades y límites en estimación objetiva, pagando impuestos en función de unos valores estimados en base a elementos productivos predeterminados o bien en estimación directa, en base al beneficio que se obtenga, en Renta/IRPF, cuanto más ganas, más pagas, es decir, la tributación es progresiva, aunque se deben hacer pagos a cuenta trimestrales, un elevado 20% sobre beneficio, excepto para profesionales que facturan al menos un 70% con retención, ellos ya cumplen dejando de percibir una parte de cada factura, importes que se reflejan posteriormente en Renta como pagos a cuenta.

enae business

Las sociedades tributan a tipo fijo en Impuesto de Sociedades, con la obligación de llevar contabilidad por partida doble para obtener el resultado que nos permita calcular el impuesto, lo que quiere decir que separamos y contabilizamos todos los movimientos financieros de la empresa, diferenciando de las finanzas privadas, además de tener que depositar cuentas anuales en el Registro Mercantil, obligaciones todas ellas que no afectan al empresario individual y que hasta ahora tampoco afectaban a sociedades civiles, constituidas por un acuerdo de voluntades y con tributación por atribución de rentas de los socios, pero desde 2016 se incluyen entre las entidades obligadas a presentar Impuesto de Sociedades.

Una S.L., una Cooperativa o una Sociedad Laboral requieren una estructura mayor, trabajar con ellas es conveniente si nuestros ingresos son ciertamente elevados o bien por una interés puramente de imagen, si queremos diferenciar nombre de empresa, de nuestra propia persona. Las Sociedades Limitadas tienen ventajas, responsabilidad limitada de los socios, diferenciando patrimonio empresarial del personal o ventajas fiscales, al gozar de mayores opciones en cuanto a deducción de gastos, siendo uno de los más significativos poder deducir gasto de un vehículo turismo de empresa, vetado para los autónomos o bien la aplicación de un tipo impositivo fijo, al menos hasta la cifra de 300.000 € de beneficio. Hay otra formas jurídicas de interés cada una con sus ventajas e inconvenientes, como las Cooperativas con tributación reducida, las Asociaciones con exenciones importantes o las sociedades civiles con estructura más ligera, conviene conocer todas y cada una para poder acertar al elegir y para ayudar en esa elección nada mejor que un asesoramiento integral, fiscal, laboral, jurídico.’

Si es bonito, se vende mejor #Umbrales en @EmprenderFacil #EmpF302 #ViaDiario Cap060

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Volvemos con la Radio del Autoempleo, Emprender es Fácil en Cope Murcia cada lunes a las 12,45h. en el 100.6 FM del dial en Murcia.

Nuestra referencia es la asociación Murcia Centro área comercial y su evento Umbrales, nuestro casco histórico posee una de las mayores zonas peatonalizadas de España, un lugar donde vivir una agradable experiencia de compra y cada vez más si proliferan acciones como Umbrales, en el cual se cambiarán escaparates de varios comercios para hacerlos mucho más atractivos.

También hablamos de innovación y de una empresa traidicional como es Cascajares, capaz de ser proveedor en la boda de nuestro actual Rey Felipe o vender conservas en todo el mundo, conservas tan diferentes como el capón o cochinillo asado e incluso el pavo de Acción de Gracias USA.

Informamos en Sabias que? de las novedades que trae la Ley de Fomento del trabajo Autónomo y finalizaremos con Excusas para no Autoemplearse.

Por supuesto, si crees que podemos ayudarte con tu empresa, contacta con Vía Asesores