En 2012 estuve en el paro 1/2 año y me sale a pagar la Renta, por @ViaAsesores
Esta es una pregunta muy habitual a la hora de hacer la declaración de Renta, sobre todo en estos tiempos que corren en los que se trabaja en varias empresas de forma temporal o por desgracia hay un despido en la empresa que venías trabajando y parte del año se perciben prestaciones por desempleo.
Es algo habitual y por supuesto es muy normal no comprender el motivo, no entra en la lógica de alguién que desconoce la mecánica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. No creais, que a veces a los profesionales nos resulta complicado hacerlo entender, básicamente porque aquí entran cuestiones en las que es dificil entender como justo este aspecto de la normativa y que el contribuyente doliente lo asuma, si tienes que pagar una cantidad relativamente elevada y estás en el paro, como para no estar fastidiado.
Voy a intentar explicar los motivos con un ejemplo en el que incluyo gráficos para que se entienda mejor, son números reales de cálculo de retenciones, aunque he quitado algunos elementos para simplificar, como por ejemplo los gastos de seguridad social, además de hacer los números en base a lo que le saldría a una persona soltera, sin hijos, ni deducciones o rebajas posibles.
Como veis en la figura 1, este contribuyente estuvo trabajando parte de 2012 y tuvo unos ingresos brutos en nómina, rendimientos del trabajo, por un importe total de 16.695,72 euros, por los cuales su empresa tuvo que retenerle 2.170,44 euros, correspondiente al 13% que legalmente debía aplicarse.
En la figura 2 vemos que esta persona fue despedida y tuvo unas percepciones de desempleo en 2012 por un importe total de 5.000,00 euros (sería el mismo cálculo si habláramos de 5.000,00 euros por un nuevo trabajo con contrato indefinido o una baja médica en la que se cobran 5.000,00 euros de la Mutua, por ejemplo). Al tener unos ingresos de 5.000,00 euros en 2012, no se llega al importe mínimo para aplicar retenciones, por tanto la retención sería de Cero euros.
En la figura 3 ya hemos procedido a realizar la integración de rentas, al realizar la Renta 2012 sumamos todos los ingresos (y por supuesto los gastos, aunque en este caso simplificamos y no hay gastos) y vemos que al tener 21.695,72 euros (16.695,72 euros + 5.000,00 euros) la tarifa sería de un 16%, que es la retención que habría correspondido de tener estos ingresos sólo de un pagador. El 16% de estos ingresos nos da un importe de 3.471,32 euros que tendríamos que pagar a la Agencia Tributaria en esta Renta 2012, como hay pagos anticipados en retenciones por un importe de 2.170,44 euros, faltaría por ingresar un total de 1.300,87 euros.
¿Y de donde sale esta cantidad de 1.300,87 euros? Fácil, si nos vamos a la figura 1, vemos que se aplicó un 13% de retención, como el tipo final es el 16%, aplicamos un 3% adicional a los 16.695,72 euros de ingresos y nos da un importe de 500,87 euros ingresados de menos. Por otra parte, vamos a la figura 2 y vemos que se aplicó un 0% de retención, por tanto aplicamos la diferencia de un 16% a los 5.000,00 euros, lo cual nos da un importe de 800,00 euros. Si sumamos 500,87 euros y 800,00 euros nos da el resultado de 1.300,87 euros, que es la cantidad que nos falta por pagar a nuestros amigos de la AEAT.
Fácil ¿No? En cualquier caso, si teneis dudas o preferis que os revisemos vuestro borrador o que os confeccionemos la renta, estamos a vuestra disposición.
Nuestro teléfono 868 954 838
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