Listado anual: 2009
La ruina amenaza al fútbol
UncategorizedLa crisis financiera y la caída de la construcción ponen en jaque a la industria del balón, que acumula una deuda superior a los 3.400 millones de euros DIEGO TORRES / AMAYA IRÍBAR 24/05/2009
Para comprender las dimensiones del naufragio que amenaza al fútbol español es preciso ponerse en el papel del administrador típico de un club. Hasta 2008 su protocolo de actuación fue el siguiente. Para empezar, se lanzó al mercado y ofreció contratos millonarios a jugadores bien cotizados. Luego diseñó unos presupuestos acordes a una posibilidad incierta: la clasificación para la Liga de Campeones, o la permanencia en Primera, dos condiciones que garantizan liquidez. La Primera, por los ingresos de las televisiones, y la Champions porque asegura premios de entre tres y 160 millones de euros. Dando por sentado que ganaría estos premios, pidió un crédito para ir financiando los salarios porque con sus ingresos ordinarios no llegaba. En el camino dejó de pagar a Hacienda. Y, como ni el Gobierno ni la Liga de Fútbol Profesional le pidieron nunca responsabilidades, siguió reclamando préstamos a las Cajas, los Ayuntamientos y las Comunidades, para subvencionar costes con recalificaciones o con infraestructuras a cargo de las Administraciones locales. Hasta el día que nada de esto fue suficiente para pagar los gastos salariales. Entonces, acosado por los acreedores, nuestro gestor típico acudió a la Ley Concursal para evitar la quiebra. Y la ley se convirtió en su refugio. Hasta ahora. Este verano puede suponer el final de una época.
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«Si soy riguroso, bajamos a Segunda y me matan», dice el gestor de un club
Movilla: «La Ley Concursal penaliza a los clubes bien gestionados»
Otero Lastres: «Han fallado los dos controles legales: la LFP y el CSD
Lissavetzky: «El fútbol necesita un órgano regulador, un guardia de tráfico»
Éste podría ser el caso del Levante, que en 2007 destinó más del 100% de sus ingresos a gastos de personal. De cada 100 euros que cobró, el Levante debió invertir 280 en pagar a la plantilla. La Ley Concursal lo salvó de la desaparición. Pero el Levante no es un caso aislado en una Liga en la que más del 70% de los gastos de los clubes se destinan a sueldos y amortizaciones de fichajes.
Jorge Pérez, el director general de la Federación Española, evoca un caso cotidiano: «El dirigente de un club vino y me dijo: ‘Si hago las cosas bien económicamente descendemos a Segunda y me matan. No me queda más remedio que entramparme’. Los clubes aumentan su endeudamiento para conseguir objetivos deportivos. Si no alcanzan estas metas no pueden pagar sus deudas ni pueden pagar a sus jugadores. Es un círculo vicioso. Y es corriente».
La Liga que está a punto de acabar será recordada por la insólita acumulación de puntos que hicieron el Madrid y el Barça respecto a los demás equipos. Nunca el tercer clasificado estuvo a 18 puntos del segundo y a 25 del primero, como hace dos jornadas. Nunca se rebajó tanto la competencia. Nunca fue más profunda la brecha entre ricos y pobres.
El secretario de Estado para el Deporte, Jaime Lissavetzky, parece cruzar los dedos: «No creo que haya un crack del sistema. La situación no es todavía para tirarse de los pelos. Esperemos que el barco aguante».
Todos reman a sabiendas de que la chalupa hace agua. Hace un año la deuda global del fútbol ascendía a 3.450 millones de euros (700.000 corresponden a impagos a Hacienda), un 26% más que en 2007. Este año además hay media docena de clubes de Primera que se han quedado sin patrocinador, o lucen uno ficticio (que no paga). No se avista ninguna solución a corto plazo que ponga el contador a cero, como hizo la ley de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) a principios de los noventa. Sólo queda la escapatoria de la Ley Concursal. Gracias a esta norma, Sporting, Levante, Málaga, Murcia, Alavés, Las Palmas, Celta y Real Sociedad negociaron la deuda a la baja con los acreedores y evitaron el descenso de categoría. A cambio dejaron la gestión en manos judiciales.
Gerardo González Movilla, el presidente del sindicato de futbolistas (AFE), denuncia lo que considera una trampa: «La Ley Concursal provoca una injusticia. Ayuda a que los clubes mal gestionados se impongan deportivamente a los clubes bien gestionados, y luego, cuando no pueden pagar las deudas, se acojan a la Ley Concursal para no descender. Al final, la ley penaliza doblemente a los clubes económicamente solventes».
José Manuel Otero Lastres, catedrático de Derecho Mercantil en Alcalá y directivo del Madrid en la etapa de Florentino Pérez, lleva años estudiando el fenómeno autodestructivo del fútbol. Dice que lo que fallan son los controles: «Esta gestión ha supuesto graves incumplimientos de la legislación en vigor. No se ha reaccionado porque han fallado los dos controles legales: la Liga de Fútbol Profesional (LFP) y el Consejo Superior de Deportes (CSD)».
Jusep María Gay de Liébana, profesor de economía en la Universidad de Barcelona y consejero de la UEFA, también lleva años estudiando las causas del hundimiento. Coincide con Otero en que la clave de la crisis es la ausencia de regulación. «La LFP tendría que disciplinar las finanzas», dice Gay. «Debería supervisar y encaminar a los clubes de Primera y Segunda. Pero la verdad es que la LFP ha entrado en una dejación de funciones absoluta. Cabe preguntarse una cosa: ¿Para qué existe la Liga? ¿Para qué si cada club negocia por su cuenta los derechos de televisión? No es como en Inglaterra donde la Liga negocia un paquete. Aquí la Liga no coordina su propio negocio».
«Luego nos encontramos con la figura del CSD», insiste Gay. «El CSD pide copia de las cuentas a los clubes pero nadie las controla. Así como la UEFA parece preocupada, el CSD no da esa impresión. La UEFA dijo: «Nos preocupa el modelo del fútbol español».
Michel Platini, el presidente del organismo que gobierna el fútbol europeo, ha identificado «media docena de equipos españoles en grave peligro». ¿Cómo lo sabe? Desde hace cuatro temporadas para jugar en Champions o en la Copa de la UEFA hay que pasar un examen financiero para obtener la licencia uefa. Ese control se realiza a través de las federaciones. «La UEFA fija unos ratios», dice Gay; «El que tiene sus cuentas correctas, juega, el que no, se le niega la licencia. No puede ser que un club como el Atlético de Madrid en 2007 ingrese 53 millones y gaste 88. A este paso llegará un día en que la UEFA diga que el Atlético no puede jugar en Liga de Campeones porque al final de temporada tendrá impagos».
El criterio más importante de la UEFA, según Gay es el de los costes de personal, fichajes y sueldos, sobre los ingresos: «Al fútbol español no le queda más remedio que reducir gastos de personal».
Jaime Lissavetzky, el Secretario de Estado para el Deporte, piensa en incorporar estos ratios en la futura Ley del Deporte: «La propuesta de Platini es que los salarios no supongan más del 60% del presupuesto. Es razonable».
Desde el CSD, Lissavetzky mira pasar la tormenta y apunta ideas: «El problema del fútbol tiene una lectura de carácter político. La falta de regulación del mercado financiero nos ha llevado a esta situación de crisis económica. En el fútbol, la lección es que necesitamos órganos reguladores. Un guardia de tráfico».
Cuando le preguntan por su escasa vocación intervencionista, a la luz de la ruinosa gestión de los clubes, Lissavetzky se encoje de hombros: «En el CSD no tenemos competencias coercitivas. Una cosa es tomar la temperatura y otra dar la medicación».
Otero Lastres fue quien primero formuló una idea que va tomando fuerza: «Crear un órgano que represente para el fútbol lo que la Comisión Nacional del Mercado de Valores para la Bolsa». Una institución que reemplace a la LFP y al CSD a la hora de fiscalizar a los clubes. Lissavetzky ha cogido el testigo: «Debería existir un órgano regulador con carácter independiente pero con presencia pública. Un órgano que incluya a la AFE, la federación, la Liga y el CSD. Con fuerza suficiente para que los clubes con posibilidades de sufrir un crack acepten la intervención».
Gay tiene sospechas fundadas para pensar que la nueva Ley del Deporte podría llegar demasiado tarde: «A 30 de junio habrá concursos de acreedores a tutiplén y muchos más clubes se sumarán a la Ley Concursal».
Los clubes siempre perdieron más dinero del que producen. El problema, según Gay, es que la crisis ya no permite ciertos vicios. «A excepción de Madrid, Barça, Osasuna y Espanyol, en 2007 todos los clubes perdían dinero», dice el economista. «En general la situación ha empeorado. Y es un auténtico desastre a nivel de gestión. Salvo Madrid, Barça, Sevilla y Villarreal, todos los demás pueden tener problemas serios porque dependen de los resultados extraordinarios, que por lo general son pelotazos inmobiliarios y venta de jugadores. Este modelo está en crisis porque hay una deflación. La mayoría de los clubes percibe menos dinero de las televisiones del que debería ya que no ha habido una gestión sindicada de los derechos. Como cada uno vende sus derechos por su cuenta, salvo el Madrid y el Barça, los demás van a perder. En lugar de aprovechar las sinergias de la competición para vender el producto, los clubes se han apuñalado entre ellos».
El máximo ejecutivo de uno de los clubes más poderosos de España asegura que los perjudicados no serán ni Madrid ni Barça: «Los clubes pequeños tienen más dificultades porque dependen casi totalmente de los derechos audiovisuales. El Numancia, por ejemplo, si tiene unos ingresos de seis millones, cinco son de televisión. Ahora todo depende de las televisiones. Si dejaran de pagar habría una crisis sistémica».
El presidente de un club modesto de Primera reflejaba hace unos días una preocupación compartida: «¿Tiene dinero Mediapro para pagar lo que nos ha prometido?». Lo que ha prometido son 650 millones de euros por curso. Un 40% más de lo que ofreció Sogecable hasta ahora, y que, sobre todo, irá destinado al Madrid y al Barça, dejando a los demás en precario. «Sólo el Barça y el Madrid tienen sus contratos televisivos avalados», asegura el presidente de uno de los clubes más importantes de España. «El resto de los clubes están en manos de los operadores».
Jorge Pérez se muestra alarmado ante la dependencia de las televisiones en un esquema jurídico inestable: «Vendemos que somos la mejor Liga del mundo pero aquí, dos días antes del partido no se sabe a qué hora se va a jugar. Los incumplimientos de los contratos audiovisuales por parte de algunos clubes han generado una gran inseguridad jurídica. Con este precedente, ¿quién va a invertir en el fútbol español?».
Javier Tebas es el máximo responsable de la LFP, órgano al que la mayoría acusa de dejación de funciones. Para superar la crisis, Tebas propone inyectar más dinero. «Hoy en España hay ocho clubes concursados», dice. «Todos se declararon en concurso en Segunda División. Absolutamente todos provienen de la Primera. ¿Por qué? Porque el gran problema del fútbol español por encima de la crisis es que el descenso de categoría supone reducir los ingresos hasta diez veces. Un club que desciende lo sabe en 20 días. Y pasa de ingresar 40 millones a ingresar seis, con unos gastos que siguen siendo acordes a 40».
«Otras Ligas», prosigue Tebas; «han resuelto este problema porque tienen las ventas centralizadas de los derechos de televisión. En Alemania, Francia, Inglaterra e Italia, cuando un club desciende la Liga les garantiza dos años manteniéndole los ingresos que tenían en Primera, para que puedan acomodarse».
Tebas habla de centralizar las ventas de su producto como si la descentralización no fuese responsabilidad suya. Mientras tanto, los inversores huyen. Los Ayuntamientos se repliegan. Las Cajas de Ahorro también. Lo refiere el directivo de una Caja: «Hemos trabajado con un club de Primera, pero como nunca pagaba nos hemos retirado sin cobrar. Las SAD son pozos sin fondo. Nunca devuelven el dinero. Tienen un valor afectivo que utilizan para chantajear. Pidiendo créditos a los bancos y favores a los gobiernos locales. Nadie se atreve a meterles mano porque representan sentimientos sociales muy arraigados. Si los bancos les han prestado dinero es porque los consideraban una inversión en publicidad más que un negocio».
Otero Lastres asegura que la permisividad de los acreedores con el fútbol ha contribuido a inflar la burbuja. «Los clubes», dice el jurista; «están sujetos a normas más severas que muchas otras empresas y, además, están sometidos al control de la LFP y del CSD. El problema es que la legislación no se aplica. Sin que exista una justificación razonable, están recibiendo un trato privilegiado».
La ruina amenaza al fútbol
UncategorizedLa crisis financiera y la caída de la construcción ponen en jaque a la industria del balón, que acumula una deuda superior a los 3.400 millones de euros DIEGO TORRES / AMAYA IRÍBAR 24/05/2009
Para comprender las dimensiones del naufragio que amenaza al fútbol español es preciso ponerse en el papel del administrador típico de un club. Hasta 2008 su protocolo de actuación fue el siguiente. Para empezar, se lanzó al mercado y ofreció contratos millonarios a jugadores bien cotizados. Luego diseñó unos presupuestos acordes a una posibilidad incierta: la clasificación para la Liga de Campeones, o la permanencia en Primera, dos condiciones que garantizan liquidez. La Primera, por los ingresos de las televisiones, y la Champions porque asegura premios de entre tres y 160 millones de euros. Dando por sentado que ganaría estos premios, pidió un crédito para ir financiando los salarios porque con sus ingresos ordinarios no llegaba. En el camino dejó de pagar a Hacienda. Y, como ni el Gobierno ni la Liga de Fútbol Profesional le pidieron nunca responsabilidades, siguió reclamando préstamos a las Cajas, los Ayuntamientos y las Comunidades, para subvencionar costes con recalificaciones o con infraestructuras a cargo de las Administraciones locales. Hasta el día que nada de esto fue suficiente para pagar los gastos salariales. Entonces, acosado por los acreedores, nuestro gestor típico acudió a la Ley Concursal para evitar la quiebra. Y la ley se convirtió en su refugio. Hasta ahora. Este verano puede suponer el final de una época.
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«Si soy riguroso, bajamos a Segunda y me matan», dice el gestor de un club
Movilla: «La Ley Concursal penaliza a los clubes bien gestionados»
Otero Lastres: «Han fallado los dos controles legales: la LFP y el CSD
Lissavetzky: «El fútbol necesita un órgano regulador, un guardia de tráfico»
Éste podría ser el caso del Levante, que en 2007 destinó más del 100% de sus ingresos a gastos de personal. De cada 100 euros que cobró, el Levante debió invertir 280 en pagar a la plantilla. La Ley Concursal lo salvó de la desaparición. Pero el Levante no es un caso aislado en una Liga en la que más del 70% de los gastos de los clubes se destinan a sueldos y amortizaciones de fichajes.
Jorge Pérez, el director general de la Federación Española, evoca un caso cotidiano: «El dirigente de un club vino y me dijo: ‘Si hago las cosas bien económicamente descendemos a Segunda y me matan. No me queda más remedio que entramparme’. Los clubes aumentan su endeudamiento para conseguir objetivos deportivos. Si no alcanzan estas metas no pueden pagar sus deudas ni pueden pagar a sus jugadores. Es un círculo vicioso. Y es corriente».
La Liga que está a punto de acabar será recordada por la insólita acumulación de puntos que hicieron el Madrid y el Barça respecto a los demás equipos. Nunca el tercer clasificado estuvo a 18 puntos del segundo y a 25 del primero, como hace dos jornadas. Nunca se rebajó tanto la competencia. Nunca fue más profunda la brecha entre ricos y pobres.
El secretario de Estado para el Deporte, Jaime Lissavetzky, parece cruzar los dedos: «No creo que haya un crack del sistema. La situación no es todavía para tirarse de los pelos. Esperemos que el barco aguante».
Todos reman a sabiendas de que la chalupa hace agua. Hace un año la deuda global del fútbol ascendía a 3.450 millones de euros (700.000 corresponden a impagos a Hacienda), un 26% más que en 2007. Este año además hay media docena de clubes de Primera que se han quedado sin patrocinador, o lucen uno ficticio (que no paga). No se avista ninguna solución a corto plazo que ponga el contador a cero, como hizo la ley de Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) a principios de los noventa. Sólo queda la escapatoria de la Ley Concursal. Gracias a esta norma, Sporting, Levante, Málaga, Murcia, Alavés, Las Palmas, Celta y Real Sociedad negociaron la deuda a la baja con los acreedores y evitaron el descenso de categoría. A cambio dejaron la gestión en manos judiciales.
Gerardo González Movilla, el presidente del sindicato de futbolistas (AFE), denuncia lo que considera una trampa: «La Ley Concursal provoca una injusticia. Ayuda a que los clubes mal gestionados se impongan deportivamente a los clubes bien gestionados, y luego, cuando no pueden pagar las deudas, se acojan a la Ley Concursal para no descender. Al final, la ley penaliza doblemente a los clubes económicamente solventes».
José Manuel Otero Lastres, catedrático de Derecho Mercantil en Alcalá y directivo del Madrid en la etapa de Florentino Pérez, lleva años estudiando el fenómeno autodestructivo del fútbol. Dice que lo que fallan son los controles: «Esta gestión ha supuesto graves incumplimientos de la legislación en vigor. No se ha reaccionado porque han fallado los dos controles legales: la Liga de Fútbol Profesional (LFP) y el Consejo Superior de Deportes (CSD)».
Jusep María Gay de Liébana, profesor de economía en la Universidad de Barcelona y consejero de la UEFA, también lleva años estudiando las causas del hundimiento. Coincide con Otero en que la clave de la crisis es la ausencia de regulación. «La LFP tendría que disciplinar las finanzas», dice Gay. «Debería supervisar y encaminar a los clubes de Primera y Segunda. Pero la verdad es que la LFP ha entrado en una dejación de funciones absoluta. Cabe preguntarse una cosa: ¿Para qué existe la Liga? ¿Para qué si cada club negocia por su cuenta los derechos de televisión? No es como en Inglaterra donde la Liga negocia un paquete. Aquí la Liga no coordina su propio negocio».
«Luego nos encontramos con la figura del CSD», insiste Gay. «El CSD pide copia de las cuentas a los clubes pero nadie las controla. Así como la UEFA parece preocupada, el CSD no da esa impresión. La UEFA dijo: «Nos preocupa el modelo del fútbol español».
Michel Platini, el presidente del organismo que gobierna el fútbol europeo, ha identificado «media docena de equipos españoles en grave peligro». ¿Cómo lo sabe? Desde hace cuatro temporadas para jugar en Champions o en la Copa de la UEFA hay que pasar un examen financiero para obtener la licencia uefa. Ese control se realiza a través de las federaciones. «La UEFA fija unos ratios», dice Gay; «El que tiene sus cuentas correctas, juega, el que no, se le niega la licencia. No puede ser que un club como el Atlético de Madrid en 2007 ingrese 53 millones y gaste 88. A este paso llegará un día en que la UEFA diga que el Atlético no puede jugar en Liga de Campeones porque al final de temporada tendrá impagos».
El criterio más importante de la UEFA, según Gay es el de los costes de personal, fichajes y sueldos, sobre los ingresos: «Al fútbol español no le queda más remedio que reducir gastos de personal».
Jaime Lissavetzky, el Secretario de Estado para el Deporte, piensa en incorporar estos ratios en la futura Ley del Deporte: «La propuesta de Platini es que los salarios no supongan más del 60% del presupuesto. Es razonable».
Desde el CSD, Lissavetzky mira pasar la tormenta y apunta ideas: «El problema del fútbol tiene una lectura de carácter político. La falta de regulación del mercado financiero nos ha llevado a esta situación de crisis económica. En el fútbol, la lección es que necesitamos órganos reguladores. Un guardia de tráfico».
Cuando le preguntan por su escasa vocación intervencionista, a la luz de la ruinosa gestión de los clubes, Lissavetzky se encoje de hombros: «En el CSD no tenemos competencias coercitivas. Una cosa es tomar la temperatura y otra dar la medicación».
Otero Lastres fue quien primero formuló una idea que va tomando fuerza: «Crear un órgano que represente para el fútbol lo que la Comisión Nacional del Mercado de Valores para la Bolsa». Una institución que reemplace a la LFP y al CSD a la hora de fiscalizar a los clubes. Lissavetzky ha cogido el testigo: «Debería existir un órgano regulador con carácter independiente pero con presencia pública. Un órgano que incluya a la AFE, la federación, la Liga y el CSD. Con fuerza suficiente para que los clubes con posibilidades de sufrir un crack acepten la intervención».
Gay tiene sospechas fundadas para pensar que la nueva Ley del Deporte podría llegar demasiado tarde: «A 30 de junio habrá concursos de acreedores a tutiplén y muchos más clubes se sumarán a la Ley Concursal».
Los clubes siempre perdieron más dinero del que producen. El problema, según Gay, es que la crisis ya no permite ciertos vicios. «A excepción de Madrid, Barça, Osasuna y Espanyol, en 2007 todos los clubes perdían dinero», dice el economista. «En general la situación ha empeorado. Y es un auténtico desastre a nivel de gestión. Salvo Madrid, Barça, Sevilla y Villarreal, todos los demás pueden tener problemas serios porque dependen de los resultados extraordinarios, que por lo general son pelotazos inmobiliarios y venta de jugadores. Este modelo está en crisis porque hay una deflación. La mayoría de los clubes percibe menos dinero de las televisiones del que debería ya que no ha habido una gestión sindicada de los derechos. Como cada uno vende sus derechos por su cuenta, salvo el Madrid y el Barça, los demás van a perder. En lugar de aprovechar las sinergias de la competición para vender el producto, los clubes se han apuñalado entre ellos».
El máximo ejecutivo de uno de los clubes más poderosos de España asegura que los perjudicados no serán ni Madrid ni Barça: «Los clubes pequeños tienen más dificultades porque dependen casi totalmente de los derechos audiovisuales. El Numancia, por ejemplo, si tiene unos ingresos de seis millones, cinco son de televisión. Ahora todo depende de las televisiones. Si dejaran de pagar habría una crisis sistémica».
El presidente de un club modesto de Primera reflejaba hace unos días una preocupación compartida: «¿Tiene dinero Mediapro para pagar lo que nos ha prometido?». Lo que ha prometido son 650 millones de euros por curso. Un 40% más de lo que ofreció Sogecable hasta ahora, y que, sobre todo, irá destinado al Madrid y al Barça, dejando a los demás en precario. «Sólo el Barça y el Madrid tienen sus contratos televisivos avalados», asegura el presidente de uno de los clubes más importantes de España. «El resto de los clubes están en manos de los operadores».
Jorge Pérez se muestra alarmado ante la dependencia de las televisiones en un esquema jurídico inestable: «Vendemos que somos la mejor Liga del mundo pero aquí, dos días antes del partido no se sabe a qué hora se va a jugar. Los incumplimientos de los contratos audiovisuales por parte de algunos clubes han generado una gran inseguridad jurídica. Con este precedente, ¿quién va a invertir en el fútbol español?».
Javier Tebas es el máximo responsable de la LFP, órgano al que la mayoría acusa de dejación de funciones. Para superar la crisis, Tebas propone inyectar más dinero. «Hoy en España hay ocho clubes concursados», dice. «Todos se declararon en concurso en Segunda División. Absolutamente todos provienen de la Primera. ¿Por qué? Porque el gran problema del fútbol español por encima de la crisis es que el descenso de categoría supone reducir los ingresos hasta diez veces. Un club que desciende lo sabe en 20 días. Y pasa de ingresar 40 millones a ingresar seis, con unos gastos que siguen siendo acordes a 40».
«Otras Ligas», prosigue Tebas; «han resuelto este problema porque tienen las ventas centralizadas de los derechos de televisión. En Alemania, Francia, Inglaterra e Italia, cuando un club desciende la Liga les garantiza dos años manteniéndole los ingresos que tenían en Primera, para que puedan acomodarse».
Tebas habla de centralizar las ventas de su producto como si la descentralización no fuese responsabilidad suya. Mientras tanto, los inversores huyen. Los Ayuntamientos se repliegan. Las Cajas de Ahorro también. Lo refiere el directivo de una Caja: «Hemos trabajado con un club de Primera, pero como nunca pagaba nos hemos retirado sin cobrar. Las SAD son pozos sin fondo. Nunca devuelven el dinero. Tienen un valor afectivo que utilizan para chantajear. Pidiendo créditos a los bancos y favores a los gobiernos locales. Nadie se atreve a meterles mano porque representan sentimientos sociales muy arraigados. Si los bancos les han prestado dinero es porque los consideraban una inversión en publicidad más que un negocio».
Otero Lastres asegura que la permisividad de los acreedores con el fútbol ha contribuido a inflar la burbuja. «Los clubes», dice el jurista; «están sujetos a normas más severas que muchas otras empresas y, además, están sometidos al control de la LFP y del CSD. El problema es que la legislación no se aplica. Sin que exista una justificación razonable, están recibiendo un trato privilegiado».
La extinción de un contrato eventual de quien realiza trabajos habituales en la empresa constituye un despido improcedente
UncategorizedNo basta con alegar acumulación de tareas para justificar un contrato eventual por circunstancias de la producción. Si la empresa no puede demostrar que existe realmente esa acumulación, el contrato se considera como indefinido, lo que significa que su extinción es un despido improcedente (sent. del TS. del 6.03.09, en unificación de doctrina).
Un salón de celebración de bodas y banquetes contrató a una limpiadora con un contrato eventual por circunstancias de la producción, durante un periodo de seis meses, para atender un mayor volumen de trabajo debido al aumento del número de comuniones y bodas para el año 2005. Posteriormente, se le prorrogó el contrato otros seis meses. Antes de que finalizara la prórroga pactada, la empresa comunicó la extinción del contrato a la trabajadora. Ésta, al no estar de acuerdo, demandó a la empresa por despido improcedente.
Tanto el Juzgado de lo Social, como el TSJ de Castilla-La Mancha fallaron a favor de la trabajadora, al igual que lo ha hecho ahora el Tribunal Supremo. En su sentencia, argumenta que la empresa no ha aportado ninguna prueba para «acreditar una mayor contratación de eventos durante el periodo de la relación laboral». Además, el TS señala que aunque «es notorio que la contratación de bodas y comuniones no es uniforme durante todo el año y que esas circunstancias eventuales de la producción motivarían la contratación temporal», matiza que la temporalidad podría entenderse «justificada en los meses de primavera-otoño, pero difícilmente se justificaría en invierno».
La sentencia señala además que las funciones de limpieza para las que fue contratada la trabajadora son una de las actividades naturales y ordinarias de la empresa y argumentar únicamente «un mayor número de comuniones y bodas», sin aportar «ninguna otra nota o detalle que permita identificar, con claridad y precisión la causa de la contratación temporal» incumple lo dispuesto en el art. 3.2.a del RD 2720/98, al no quedar acreditada la temporalidad.
Por todo ello, el TS considera que existe una relación laboral indefinida desde el inicio del contrato y, por tanto, se trata de un despido improcedente.
¡ATENCIÓN!: La temporalidad no se presupone. Al contrario, el empresario debe ser capaz de probar por qué recurrió a ella y no a la contratación indefinida. Por eso, cuando se contrata a un trabajador mediante un contrato eventual, hay que tomar ciertas precauciones para evitar que un error formal o un descuido lo acaben convirtiendo en indefinido. Los suscriptores de Mi Asesor de Personal tienen un tema específico de cada uno de los tres tipos de contrato temporal (eventual por circunstancias de la producción, de obra o servicio y de interinidad), donde se explican, entre otras cuestiones, los siete motivos que convierten a un contrato temporal en indefinido, cómo debe hacerse la denuncia del contrato, cómo se computa la antigüedad en caso de sucesión de contratos temporales, qué sucede si se fija un periodo de prueba de la misma duración que el contrato, qué ocurre si el trabajador está de baja por incapacidad temporal cuando llega la fecha de finalización del contrato temporal… Sólo tiene que pinchar aquí para suscribirse a Mi Asesor de Personal, el manual laboral y de recursos humanos más práctico y completo, escrito pensando en las empresas.
La extinción de un contrato eventual de quien realiza trabajos habituales en la empresa constituye un despido improcedente
UncategorizedNo basta con alegar acumulación de tareas para justificar un contrato eventual por circunstancias de la producción. Si la empresa no puede demostrar que existe realmente esa acumulación, el contrato se considera como indefinido, lo que significa que su extinción es un despido improcedente (sent. del TS. del 6.03.09, en unificación de doctrina).
Un salón de celebración de bodas y banquetes contrató a una limpiadora con un contrato eventual por circunstancias de la producción, durante un periodo de seis meses, para atender un mayor volumen de trabajo debido al aumento del número de comuniones y bodas para el año 2005. Posteriormente, se le prorrogó el contrato otros seis meses. Antes de que finalizara la prórroga pactada, la empresa comunicó la extinción del contrato a la trabajadora. Ésta, al no estar de acuerdo, demandó a la empresa por despido improcedente.
Tanto el Juzgado de lo Social, como el TSJ de Castilla-La Mancha fallaron a favor de la trabajadora, al igual que lo ha hecho ahora el Tribunal Supremo. En su sentencia, argumenta que la empresa no ha aportado ninguna prueba para «acreditar una mayor contratación de eventos durante el periodo de la relación laboral». Además, el TS señala que aunque «es notorio que la contratación de bodas y comuniones no es uniforme durante todo el año y que esas circunstancias eventuales de la producción motivarían la contratación temporal», matiza que la temporalidad podría entenderse «justificada en los meses de primavera-otoño, pero difícilmente se justificaría en invierno».
La sentencia señala además que las funciones de limpieza para las que fue contratada la trabajadora son una de las actividades naturales y ordinarias de la empresa y argumentar únicamente «un mayor número de comuniones y bodas», sin aportar «ninguna otra nota o detalle que permita identificar, con claridad y precisión la causa de la contratación temporal» incumple lo dispuesto en el art. 3.2.a del RD 2720/98, al no quedar acreditada la temporalidad.
Por todo ello, el TS considera que existe una relación laboral indefinida desde el inicio del contrato y, por tanto, se trata de un despido improcedente.
¡ATENCIÓN!: La temporalidad no se presupone. Al contrario, el empresario debe ser capaz de probar por qué recurrió a ella y no a la contratación indefinida. Por eso, cuando se contrata a un trabajador mediante un contrato eventual, hay que tomar ciertas precauciones para evitar que un error formal o un descuido lo acaben convirtiendo en indefinido. Los suscriptores de Mi Asesor de Personal tienen un tema específico de cada uno de los tres tipos de contrato temporal (eventual por circunstancias de la producción, de obra o servicio y de interinidad), donde se explican, entre otras cuestiones, los siete motivos que convierten a un contrato temporal en indefinido, cómo debe hacerse la denuncia del contrato, cómo se computa la antigüedad en caso de sucesión de contratos temporales, qué sucede si se fija un periodo de prueba de la misma duración que el contrato, qué ocurre si el trabajador está de baja por incapacidad temporal cuando llega la fecha de finalización del contrato temporal… Sólo tiene que pinchar aquí para suscribirse a Mi Asesor de Personal, el manual laboral y de recursos humanos más práctico y completo, escrito pensando en las empresas.
Gobierno y Autónomos acuerdan incrementar al 80% el pago único de la prestación por desempleo
UncategorizedMayo 2009-El Ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha alcanzado un acuerdo con las asociaciones de trabajadores autónomos más representativas respecto a las principales reivindicaciones que dicho sector venía denunciando.
Este acuerdo, logrado como resultado del diálogo que Gobierno y autónomos han venido manteniendo desde el pasado mes de marzo, contiene medidas en cuatro aspectos fundamentales:
– Fomento del empleo autónomo y de la contratación laboral. En este sentido, se incrementará al 80% el porcentaje de abono del pago único de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años y mujeres hasta 35 destinado a financiar inversión, y se introduce una bonificación del 50% en la cuota empresarial por contratación indefinida del primer trabajador asalariado.
– Mejora de la financiación y garantía del pago de deudas contraídas con las Administraciones públicas. Entre otras medidas, se va a poner en marcha una nueva línea ICO para avalar a los autónomos con deudas pendientes de pago por los Ayuntamientos.
– Protección social. Los autónomos que cesen en su actividad podrán beneficiarse de las prestaciones asistenciales que se aprueben para los parados en general.
– Medidas tributarias. Se propone una serie de reformas para los autónomos que efectúen sus pagos por módulos y se modificará la Ley del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas para adaptar su contenido al concepto de trabajador autónomo económicamente dependiente.
El cambio de tareas de un trabajador a un puesto con menor retribución no puede suponer un menor salario
UncategorizedPREGUNTA: Estamos reorganizando las actividades de nuestra empresa para ajustarlas a la caída de la demanda y necesitamos que uno de nuestros trabajadores pase a realizar otras tareas diferentes a las que viene desempeñando. Aunque el cambio se hará dentro de la misma categoría profesional, la retribución de las nuevas funciones es inferior a la suya. ¿Podemos reducirle el salario?
RESPUESTA: Lo que está planteando su empresa es un caso de movilidad funcional horizontal o interna, es decir, un cambio de funciones dentro de la misma categoría profesional. Pero aunque a las funciones que pase a desempeñar el trabajador, sea de forma temporal o definitiva, les corresponda una retribución inferior, no pueden rebajarle su sueldo, por lo que su trabajador deberá seguir cobrando lo mismo. Sin embargo, en el caso contrario de que un empleado pasara a realizar funciones que dieran derecho a percibir una retribución superior, la empresa si estaría obligada a pagarle la diferencia y subirle el sueldo (art. 39.3. del ET).
Como se trata de un caso de movilidad horizontal, los requisitos que tiene que seguir su empresa para llevarla a cabo son menores que en otro tipo de cambios (salvo que su convenio especifique algo distinto al respecto). Así, por ejemplo, su empresa puede decidir unilateralmente el cambio de funciones, independientemente de lo que opine el trabajador; no tiene que alegar ni justificar de ningún modo su decisión; no está obligada a comunicárselo por escrito ni al trabajador afectado ni a los representantes de los trabajadores y el cambio puede ser definitivo o temporal.
No obstante, una cosa son sus facultades legales para organizar la empresa y otra la necesidad de velar por el buen ambiente laboral. Por lo tanto, cuide todo el proceso de comunicación de su decisión al trabajador, fundamental para conseguir su implicación en sus nuevas funciones y su comprensión con las razones de la empresa.
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